Entro en la página del Centro Europeo de Estudios sobre Populismo y encuentro lo siguiente: Call for Papers & Panels — ‘We, the People’ and the Future of Democracy: Interdisciplinary Approachesh.
Me interesa el tema: ¿Cómo pueden defenderse las democracias?
Escribo un borrador.
Antecedentes.
Los últimos lustros han puesto sobre la mesa hasta qué punto la Democracia puede ser pervertida por las nuevas fuerzas populistas y novedosas herramientas de control de masas.
La protección de la democracia no puede quedar al margen de la democracia misma.
Proponemos algunas medidas.
Equilibrio de poderes y renovación obligatorio de los cargos
1. Los límites constitucionales a la elegibilidad de la presidencia no son modificables ni siquiera constitucionalmente. Se considerará que permanecer más de ocho-diez años en el cargo resulta antidemocrático con lo que quedará terminantemente prohibido en toda constitución democrática o desarrollo legislativo;
2. La división de poderes es la base del derecho democrático. Un sistema presidencialista con capacidad de interferir en el equilibrio de poderes no es aceptable. Un/Una presidente perderá su legitimidad si no permite una transición o garantiza unas elecciones libres para reemplazarlo en el plazo debido; el Parlamento adquirirá toda la dirección del ejecutivo en cuanto lo decida aboliendo la legitimidad del cargo;
3. Debe dotarse al Parlamento de un control más simple sobre el poder presidencial en caso de abuso de poder, precisamente para impedir las derivas autoritarias. En los países donde la deriva autoritaria se ha “legitimado”, ello ha sucedido por la sumisión al poder de un autócrata que se ha hecho con el poder de todo el Parlamento basado en el miedo y la compra de voluntades;
Sobre la idoneidad para el cargo político de presidente
4. Nadie condenado por un delito contra las personas (incluyendo lesiones, violencia doméstica o maltrato), podrá ser elegido presidente de un país democrático;
Sobre las faltas y el régimen sancionador
5. Se establecerá un régimen disciplinario de los políticos o cargos púbico y, en caso de no existir, se aplicará el que proceda en caso de trabajadores de la administración pública.
6. Ningún político tiene derecho a insultar a otro político o cargo público. Los insultos se considerarán faltas graves del ejercicio político de representación y se establecerán sanciones acordes con este principio. La reincidencia en las faltas graves conllevará la categoría de falta muy grave, cuya sanción asociada deberá llevar a la pérdida de todo derecho de sufragio pasivo o posesión de cargo público;
7. Ningún cargo público puede ridiculizar, menospreciar o menoscabar el respeto hacia las instituciones públicas y hacia los otros poderes del estado sin ser sancionado por ello como corresponda (con la pérdida del sufragio pasivo);
Sobre las donaciones a partidos políticos
8. Ninguna empresa puede hacer donaciones a un partido político mayor a 10.000€ anuales;
9. Ninguna persona con capital mayor a 10 M€ puede ser elegido para cargo público;
10. Ninguna persona con una empresa o holding empresarial cuya facturación anual supere los 500M€ podrá dedicarse a la política;
Sobre las responsabilidades colectivas del órgano de la presidencia
11. Un presidente elegido no puede negar los tratados internacionales suscritos por su país sea cual sea el partido que gobernara cuando se acordaron;
Sobe el comité de guarda y custodia de la idoneidad ética de las personas y los cargos
12. El Parlamento nombrará una comisión formada por no menos de 12 personas (paritario entre mujeres y hombres, o máximo 7/5) que dependerá del Parlamento y nunca de presidencia. De estas personas cuatro serán nacionales, otras cuatro de la UE, y otras cuatro de cargos de la UNESCO. Tal comisión tendrá como finalidad proteger la Constitución y la democracia del país de agresiones creadas por circunstancias extraordinarias y que coloquen al cargo de la presidencia a una persona susceptible de ser censurada. La decisión de esta comisión, a petición del Parlamento, será vinculante.
Sobre el uso de redes
13. Se prohíbe terminantemente el uso de las redes para fines electorales. Ningún candidato a una presidencia o partido candidato a unas elecciones podrán aparecer en redes privadas o públicas bajo pena de perder el 30% de los votos obtenidos. El Parlamento velará por el cumplimiento de esta medida.
14. Del mismo modo, existirá una prohibición explícita y extensa a los directivos de redes sociales, desde los accionistas a los directores regionales de las respectivas empresas, para no poder concurrir en ningún sufragio, ni como candidatura, ni como colaborador de una candidatura.
Sobre la educación democrática
15. La Democracia se sustenta en una educación de alto nivel de los ciudadanos. Ningún país en que la educación pública sea de baja calidad podrá llamarse democrático. Existe la obligación de los países democráticos de fortalecer el sistema educativo público, de garantizar una educación laica y respetuosa con los derechos humanos, acorde con los principios fundamentales de la educación que promueve a UNESCO, y que capte como maestr@s y profesor@s a l@s mejores docentes de entres sus ciudadan@s, exigiendo altas cualificaciones para esta labor y con salarios acordes con esta gran responsabilidad. El Parlamento se cuidará de que exista un Ministerio de Educación en donde la garantía democrática de las elecciones quede siempre protegida como una máxima. La educación para la democracia promoverá el conocimiento de los partidos existentes, de las propuestas políticas, de las propuestas en ámbitos europeos en los países de la UE, los grandes retos de los distintos países, y promoverá el debate entre los estudiantes desde primaria hasta el nivel universitario, encaminado al desarrollo de una ciudadanía preocupada y ocupada en el debate político.
Sobre las religiones
16. Todas las religiones, en tanto que expresiones genuinas de uno de los derechos fundamentales de la persona, el de credo y religión, deben ser protegidas en todos los países democráticos y debe garantizarse su libre ejercicio por parte de los creyentes. Del mismo modo, ningún estado democrático podrá fundarse en un credo o una religión. Las democracias son laicas en esencia. Las religiones que no reconozcan los derechos democráticos serán toleradas también, pero se garantizará en la educación de cada país que se explique que en algunas religiones los derechos de los individuos son conculcados, y en otras no.
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